1. Política de ESG
Consideración de riesgos ESG
Los riesgos ESG son aquellos vinculados a la gestión de activos intangibles que pueden dañar a la sociedad (capital humano, reputación, compromiso con la sociedad, etc.) o a la existencia de externalidades que perjudican al planeta (emisión de gases de efecto invernadero y otras partículas tóxicas, consumo de agua, destrucción de la biodiversidad, etc.) con un potencial impacto negativo en los activos subyacentes incorporados en los fondos bajo gestión.
Entendemos que las empresas en las que se invierte a menudo tienen recursos limitados, carecen de experiencia en ESG, modelos de negocio en rápida evolución, tasas de crecimiento elevadas, contrataciones agresivas, procesos de gobernanza y cumplimiento limitados, y una mayor vulnerabilidad a impactos reputacionales negativos. Los riesgos ESG son altamente diversos y específicos de cada empresa. Sin embargo, la compañía gestora, sin perjuicio de la identificación de otros factores, evaluará los siguientes riesgos de sostenibilidad relacionados con cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza:
a) Medioambientales:
• Incremento de costos debido a impuestos por emisiones de CO2 (o similares)
• Gastos excesivos en suministro de energía y gestión de residuos
• Riesgo reputacional, riesgo legal y posibles sanciones regulatorias debido al incumplimiento de regulaciones, normas y prácticas relacionadas con el consumo de energía, emisiones de CO2 y gestión de residuos del país donde la empresa a invertir tiene su domicilio
b) Sociales:
• Baja calidad del producto, retrasos en la producción o baja productividad de los empleados debido a una gestión deficiente y/o falta de formación e implicación de la fuerza laboral
• Alta rotación de empleados debido a la falta de satisfacción laboral, bajos salarios, falta de desarrollo profesional, mal ambiente laboral, falta de igualdad/discriminación y falta de equilibrio entre trabajo y vida personal
• Costos y penalizaciones derivados de malas prácticas en salud y seguridad ocupacional
• Pérdida de oportunidades de crecimiento, cuota de mercado o poder de fijación de precios debido a daños reputacionales inherentes a malas prácticas laborales en la cadena de suministro
• Pérdida de ingresos debido a daños reputacionales y posibles costos derivados de litigios por una deficiente gestión de seguridad y protección de datos
c) Gobernanza:
• Riesgos relacionados con la composición y estructura del Consejo de Administración que pueden resultar en dificultades para la función de supervisión correcta
• Riesgos asociados con prácticas que indican falta de ética corporativa (uso responsable de la inteligencia artificial, transparencia en la recopilación y uso de datos, impacto social de las tecnologías desarrolladas, etc.)
• Costos asociados con prácticas de soborno y corrupción
• Riesgos asociados con la falta de alineación de intereses entre el equipo directivo y otros interesados
Para cada inversión específica, y después de considerar los riesgos ESG, el fondo definirá si el riesgo ESG del emisor es alto, moderado o bajo.
En caso de una clasificación de alto riesgo ESG, el fondo deberá cumplir con los siguientes aspectos para que la tenencia sea aprobada:
• El fondo deberá definir el compromiso de la empresa para evitar o mitigar los riesgos potenciales y existentes, respectivamente
• Los riesgos ESG significativos deberán ser considerados dentro del modelo de negocio de la empresa
• El fondo deberá explicar las razones para invertir en la empresa
En caso de una clasificación de riesgo ESG moderado, el fondo deberá definir el compromiso de la empresa para evitar o mitigar los riesgos potenciales y existentes, respectivamente, y deberá explicar las razones para invertir en la empresa.
En caso de una clasificación de riesgo ESG bajo, el fondo deberá explicar esos riesgos y las razones para invertir en la empresa.
Divulgación relacionada con la sostenibilidad en Plug and Play
El Parlamento Europeo y el Consejo han publicado un reglamento que tiene como objetivo regular las divulgaciones relacionadas con la sostenibilidad en el sector de servicios financieros: Reglamento 2019/2088 (SFDR). El propósito de este reglamento es mejorar la transparencia y proporcionar mayor claridad a las inversiones que tienen en cuenta la sostenibilidad en sus decisiones de inversión con el objetivo de proteger a los inversores finales.
2.Transparencia de las políticas de riesgos ESG
Plug and Play integra riesgos de sostenibilidad en su proceso de toma de decisiones mediante un análisis profundo de todos los aspectos relacionados con ESG (Medioambiental, Social y de Gobernanza) para todas sus inversiones. Estos aspectos se evalúan desde el primer análisis realizado para cada inversión, con el objetivo de identificar no solo áreas de riesgo, sino también áreas donde ya se observa un impacto positivo y aquellas donde se podría mejorar el impacto.
3.Transparencia de las políticas de remuneración en relación con la integración de riesgos ESG
La política de remuneración de Plug and Play es coherente con las políticas y riesgos de sostenibilidad (medioambientales, sociales y de gobernanza empresarial) de la entidad, de acuerdo con las disposiciones del Reglamento SFDR europeo.
4.Transparencia de los Principios de Impacto Adverso
Los Principios de Impacto Adverso (PAI) se refieren a los impactos negativos significativos en el medio ambiente o la sociedad que podrían ocurrir debido a la inversión en una actividad económica particular.
En línea con el compromiso de Plug and Play con los objetivos de transparencia perseguidos por el Reglamento SFDR europeo, hemos optado por no informar sobre los impactos adversos principales en este momento. Actualmente, no contamos con un procedimiento para el análisis de información confiable y disponible que nos permita cuantificar rigurosamente el impacto previsible y real de las decisiones de inversión en cuestiones medioambientales y sociales. En los próximos meses, seguiremos de cerca las recomendaciones de los reguladores, así como la mejora de la información disponible, para continuar trabajando en mejorar nuestros procesos de análisis y evaluación y poder considerar los impactos adversos, de acuerdo con el Reglamento SFDR europeo.